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lunes, 12 de julio de 2010

EL ESTADO DE EXCEPCIÓN .

BOOK ON LINE HOMO SACER .ESTADO DE EXCEPCION

                  La suspensión del orden jurídico parece que va introduciendose dentro de los llamados modelos democráticos. La pérdida de la categoria identitaria de lo humano por carecer del reconocimiento de los derechos permite establecer una violencia justificada por el derecho internacional. El concepto de "delincuente" que ahora a los espaldas mojadas mexicanos que cruzan la frontera hacia estados unidos se les atribuye permite la aplicación de las penas máximas. De la misma manera que en la base americana de Guantanamo se permite y se permitió la aplicación de la tortura, la vejación, la violencia gratuita para sacar información de los presuntos terroristas. El caso italiano con la comunidad rumana o los gitanos también dejó sin garantías jurídicas a quien sin papeles puede ser extraditado sin más.  En el Estado Español también planea cierta impunidad a quien paga y ofrece riqueza a cambio de esa excepcionalidad jurídica que lo vuelve ajeno a la sociedad. Esta claro que criminalizar al extranjero porque es el extraño más débil y más indefenso permite al Estado la garantía de su ejercicio político. Esa situación permite hacer opinión para difundir la idea de la guerra permanente, de la insurrección permanente o de la resistencia violenta. La criminilización de los grupos okupas en ciudades como Barcelona han creado una opinión negativa contra este colectivo y han eliminado toda via alternativa a un sistema capitalilsta globalizador que se nos impone. Siempre será más fácil criminalizar un colectivo que un grupo inmobiliario que especula con el suelo urbanizable !!!  La zona gris que permite avanzar hacia una situación de tierra de nadie. En el fondo de la cuestión existe pués la relación entre lo jurídico y lo político. El uso de cámaras de videovigilancia , el uso de guardias de seguridad, de sistemas de control del pago de la tarjeta de crédito, de scanner en los aeropuertos, .... permite cuestionar el derecho de la libertad como individuos con el poder de decisión y de soberanía personal. ¿Hasta qué punto los derechos individuales pueden quedar sometidos a la voluntad del Estado constitucional ?  
La clasificación de la ciudadanía por grupos sociales , por categorias comarcales, por índice de riqueza, ofrece en este sentido elementos para la "identificación jurídica" de las personas. Las leyes actuales parece que deben garantizar la regulación y ordenación de la sociedad. Sin embargo el modelo dialogal que quiere reconocer el debate democrático como elemento enriquecedor de la ciudadanía parece que choca frontalmente con el uso que se hace desde la propia condición de ciudadano que renuncia a sus deberes y promueve des de el estado de derecho esta regulación social de los espacios que se marcan juridicamente. El propio Agamben dice al respecto lo siguiente : 

...la progresiva erosión de los poderes legislativos del parlamento , que hoy se limita con frecuencia a ratificar disposiciones emanadas del ejecutivo mediante decretos con fuerza de ley , se ha convertido desde hace tiempo en una práctica común "

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